Lunes - Viernes
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500 E. San Antonio
Suite 105
El Paso, Texas 79901
Phone (915) 546-2071
Fax (915) 546-2012
vsanchez@epcounty.com

El Secretario General del Condado de El Paso

  • Recepción y Tramitación de Actas de Defunción
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  • Búsqueda en Archivos de Fallecimientos
  • Por cada fallecimiento, se debe registrar un acta de defunción o muerte de feto a los 10 días del fallecimiento.
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  • Los certificados de defunción deben ser registrados por la persona a cargo del entierro o de deshacerse del cuerpo, o de la persona quien esta a cargo de remover el cuerpo del distrito donde se registra para deshacerse de él.
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  • El director de la funeraria se considera representante legal o representante de la familia del occiso. Por lo general, parte del paquete de servicios a la familia incluye el obtener copias certificadas del registro local.
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  • Esta oficina emite copias en pleno, certificadas. Todas las copias certificadas se emiten en papel especial de seguridad y cada acta tiene un número de serie y de instrumento único.
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  • Un acta de defunción es un documento confidencial durante los primeros 25 años después de su registro y se emite únicamente a un solicitante debidamente acreditado. (Solicitar Acta de Defunción Por Correo)
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  • El registro adecuado para el acta se determina por el lugar de la muerte, no por el lugar donde se deshacen del cuerpo o la ubicación de la funeraria.
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  • Permiso de Entierro en Tránsito (VS-116): Se requiere de un permiso de entierro en tránsito para embarcar o transportar un cuerpo fuera de este estado o para transportar un cuerpo por medio de un transportista común dentro del estado. También se requiere para su incineración. El secretario dará permiso a la funeraria al llenar la forma (VS-116) y al entregar el permiso al representante de la funeraria.
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  • Las llamadas telefónicas de la funeraria con respecto a correcciones se tratarán con el Supervisor o con el Jefe.