- Aviso:
- Unicamente un abogado puede dar asesoría legal.
La información provista por el Centro Informativo
de Derecho Familiar no debe tomarse como asesoría legal.
Esta información pueda o no, aplicar a su caso en
específico.
Jim Fashing
Director Ejecutivo
500 E. San Antonio
Suite LL-108
El Paso, Texas 79901
Phone (915) 834-8200
Fax (915) 834-8299
Domestic Relations Office
-
Orden Juridica de Retención de Sueldo como Pago
de Manutención Económica
-
- Si usted ya tiene una órden jurídica para manutención
económica, el pago de manutención económica puede ser
deducido (retenido) del sueldo de la persona que está
obligada a pagar manutención económica (comúnmente
conocido como el "Obligado"). Para que se lleve a cabo
ésta acción, por lo regular se require una órden jurídica
especial conocida como "Orden Jurídica al Empleador para
Retención de Sueldo para Pago de Manutención Económica"
[Employer's Order to Withhold from Earnings for Child
Support]. La órden jurídica de retención de sueldo le ordena al empleador a retener cierta cantidad de dinero
del sueldo del Obligado para el pago de manutención
económica, y dicho pago debe ser enviado por el Empleador
al registro local de manutención económica.
-
- 1. No tengo un documento conocido como
"Órden Jurídica al Empleador para Retención de Sueldo para
Pago de Manutención Económica," únicamente tengo mi
decreto de divorcio. ¿Qué debo hacer?
- Respuesta: La Oficina de Relaciones Domésticas ("ORD")
puede preparar una Órden Jurídica de Retención de Sueldo
por una mínima cuota de $30, o también puede contratar a
un abogado para que le prepare dicha órden jurídica.
-
- 2. Una vez que haya obtenido una Órden
Jurídica, ¿que debo hacer?
- Respuesta: Usted necesita que ésta órden jurídica sea
entregada al empleador. Esto significa que la Oficina de
Relaciones Domésticas ("ORD") enviará por correo certificado
una copia de éste documento al Después el comprobante de que
el empleador recibió ésta copia es puesta en el archivo de la
corte (juzgado) que llevará este caso. La CUOTA para entregar
una Órden Jurídica de Retención de Sueldo es de $30.
empleador.
Después el comprobante de que el empleador recibió ésta
copia es puesta en el archivo de la corte (juzgado) que
llevará su caso. La CUOTA para entregar una Órden Jurídica
de Retención de Sueldo es de $30.
-
- 3. La Órden Jurídica de Retención de Sueldo
ha sido entregada al empleador, pero el empleador no está
reteniendo el pago de manutención económica. ¿Qué debo hacer?
- Respuesta: Una vez que una Órden Jurídica de Retención de
Sueldo ha sido debidamente entregada al empleador, el
empleador DEBE cumplir con dicha órden, de no ser así,
el empleador puede enfrentarse a posibles consecuencias de
castigo. La Oficina de Relaciones Domésticas ("ORD") puede
ayudarle a resolver éste problema. Lo único que debe hacer
es llenar una solicitud conocida como: Solicitud para
Reforzar una Órden Jurídica de Retención de Sueldo en Contra
del Empleador, y pagar la cuota de $30 por este trámite.
-
- 4. Mi hijo tiene 18 años de edad, y está a
punto de graduarse de la escuela (high school). ¿Qué puedo
hacer para que mi empleador deje de retener los pagos de
manutención económica de mi sueldo?
- Respuesta: En algunos casos, el empleador puede dejar de
retener los pagos de manutención económica de su sueldo, si
usted le proporciona algún comprobante de que su hijo ya
cumplió los 18 años de edad y que ya se graduó de la escuela
(high school). Si su empleador no está dispuesto a
descontinuar la retención del pago de manutención económica,
usted deberá obtener una órden jurídica que le ordene al
empleador a llevarlo acabo. La Oficina de Relaciones
Domésticas ("ORD") provee muchos servicios a precios bastante
módicos, inclusive el servico que descontinúa la retención
del pago de manutención económica. Pero si usted lo desea,
también puede contratar a un abogado para que le ayude con
éste trámite. deberá obtener una órden jurídica que le ordene
al empleador a llevarlo acabo. La Oficina de Relaciones
Domésticas ("ORD") provee muchos servicios a precios bastante
módicos, inclusive el servicio que descontinua la retención
del pago de manutención económica. Pero si usted lo desea,
también puede contratar a un abogado para que le ayude con
éste trámite.
-
- Si usted desea recibir mayor información acerca de Órdenes
Jurídicas de Retención/Retención de Sueldo como Pago de
Manutención Económica, el Centro Informativo de Derecho
Familiar ofrece clases educativas acerca de temas
relacionados con derecho familiar, por ejemplo: manutención
económica, custodia del menor y visitas parentales. Para más
información acerca de éstas clases, usted puede comunicarse
al Centro:
-
- (915)834-8203 o (915)834-8200 extensión 4039, o visitar
la página de internet de la Oficina de Relaciones Domésticas:
DRO
|